Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Quinto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley ACUERDA EL DESISTIMIENTO de la presente QUERELLA, incoada por el ciudadano LEOMAGNO JOSÉ GUEVARA GARCÍA contra la ciudadana ALIRIS LILIANA TORRES OROZCO por el delito de DIFAMACIÓN E INJURIA, preceptuado en el Artículo 444 del Código Penal, y en virtud de que la acción penal se ha extinguido, en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA. Notifíquese a las partes y remítase a la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal a los fines de dictar la decisión correspondiente. Cúmplase con lo ordenado.
LA JUEZ
Abg. MIROSLAVA GOITIA VASQUEZ
LA SECRETARIA
Abg. XIOMARA ELIZABETH CABALLERO
Causa 5U-512-05
MGV
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