DISPOSITIVA
Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en función de Quinto de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano RAFAEL ENRIQUE LASTRA VILLA, titular de la cedula de identidad N° V-12.929.713, Venezolano, de estado civil Soltero, de 45 años de edad, fecha de nacimiento 02-10-1977, natural de Maracay, estado Aragua, profesión u oficio: LATONERO, residenciado en: BARRIO ANDRES ELOY BLANCO, CALLE 05 DE JULIO, CASA NRO. 35-16, PARROQUIA SANTA CRUZ, MUNICIPIO JOSE ANGEL LAMAS, ESTADO ARAGUA, a cumplir la pena de UN (01) AÑO, DIEZ (10) MESES Y SEIS (6) DIAS DE PRISION, mas las penas accesorias previstas en el Código Penal, por la comisión de los delitos de LESIONES MAS O MENOS GRAVES, previsto y sa.....