este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en Funciones de Primero de Juicio, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley emite el siguientes pronunciamiento: ACUERDA: PRIMERO: se admite Parcialmente el escrito acusatorio presentado por el Ministerio Publico, en contra de el acusado ARAYA NAVARRO JIMENA ROMINA, titular de la cedula de identidad N° V-16.011.070, fecha de nacimiento 05-09-1983, edad 36 años, domiciliado en: URB. BASE ARAGUA, RES. TERRANOVA, PISO 1, MUNICIPIO GIRARDOT, ESTADO ARAGUA, como responsable del delito de FUGA DE DETENIDOS EN GRADO DE COOPERADOR, previsto y sancionado en el artículo 264 del Código Penal en concordancia con el Articulo 83 ejusdem, así como también se admiten en su totalidad los Medios de Pruebas ofrecidos por ser útiles pertinentes y necesarios. SEGUNDO: Se acoge la Admisión de los Hechos para una Suspensión Condicional del Proceso por .....