Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en función de Quinto de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano ALEJANDRO JOSE MARQUEZ GONZALEZ venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 24-06-1999, de 21 años de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 30.745.266, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN, más las penas accesorias previstas en el Código Penal, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO , previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, USO DE FACSIMIL DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 114 de la Ley sobre el Desarme y control de Armas y Municiones, pena ésta que habrá de cumplirse en la forma y condiciones que determine el T.....