DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Quinto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: Conceder Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al Ciudadano: RODRÍGUEZ BARRIOS RAMÓN, titular de la cédula de identidad N° V- 12.143.162, de conformidad con lo establecido en el articulo 256, numerales 1 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en Detención en su domicilio ubicado en: BARRIO TRECE DE ENERO, CALLE 24 DE JUNIO, CASA N° 47, MARACAY ESTADO ARAGUA, así como se dicta la prohibición de acercarse a las victimas bajo cualquier modalidad, en consecuencia este Tribunal acuerda, instar a la Comisaría de Campo Alegre del Cuerpo de Seguridad y Orden Publico del Estado Aragua, a los fines de que verifique regularmente el cumplimiento de la Medida impuesta a dicho ciudadano, igualmente se .....