DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Aragua en función de Segundo de Ejecución, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: AUTO DE EJECUCIÓN al ciudadano: SAYD JAVIER KHABBAZ TABARES, titular de la cedula de Identidad Nº V-26.977.461. Venezolana, Natural de Maracay, Profesión u oficio: Obrero Residenciada: CALLE BOYACA CON RIBAS, EDIFICIO SURIA PALACE, PISO 7, APARTAMENTO E, MARACAY ESTADO ARAGUA, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y TRES (03) MESES DE PRISION, por la comisión de los delitos INSTIGACION PUBLICA, DAÑOS VIOLENTOS, DETENTACION DE OBJETOS INCENDIARIOS, Previsto y Sancionado en los artículos 285, 474 y 296 del Código Penal. Se observa que el penado fue condenado a las penas accesorias previstas en el Artículo 16 del Código Penal. Así mismo se le participa que dicho penado se encuentra en libertad, pudiendo optar a la S.....