Este Tribunal Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA: LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, de conformidad con los artículos 493 y 494 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, al penado SUAREZ ESPINOZA ENDER JOSE, quien es de nacionalidad venezolana, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.997.004, domiciliado en SECTOR EL CALVARIO, CALLE PRINCIPAL, CASA Nº 65, PARROQUIA SAN MATEO, MUNICIPIO BOLIVAR, ESTADO ARAGUA. donde se encuentra bajo la Medida de Detención Domiciliaria, quien fue CONDENADO, por el Juzgado Séptimo de Control de este Circuito Judicial, en fecha 13-02-2019, a cumplir la pena de CINCO AÑOS DE PRISION, por la comisión de los delitos de TRAFICO DE MATERIALES ESTRATEGICOS, previsto y sancionado en el Articulo 34 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento a.....