Por los razonamientos expuestos anteriormente este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: 1.- SIN LUGAR la acción de Amparo Constitucional intentada por PRONTO PIZZA, representada legalmente por la ciudadana HAIDÉE DEL VALLE ROJAS LEONETT, contra el ciudadano GREGORIO ANTONIO PARRA OSORIO, todas las partes suficientemente identificadas en los autos.