DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos o ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA; Primero: DECLARA SIN LUGAR LA RECONVENCIÓN propuesta por la parte demandada reconveniente por no haber probado su pretensión.
Segundo: CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO, incoada por el ciudadano: CARLOS TEODUARDO REINA CORDOBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-10.182.548, en contra de la ciudadana, MARIA GABRIELA MONTAUTI GUERRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-16.553.720, y en consecuencia: se DECLARA DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía desde el día 04 de Agosto de 2007, ante el Registro Civil del Municipios Girardot del Estado Aragua, Acta de matrimonio N° 82, Tomo VI, año 2007, .....