Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la parte demandada, contra de la decisión de fecha 2 de mayo del 2003, dictada por el Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, y en consecuencia:
PRIMERO: Se confirma la decisión antes aludida y se declara CON LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO incoa el ciudadano RAMON ARGENIS ZAMBRANO SANDIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.513.915, en su carácter de Presidente de la firma Mercantil CENTRAL INMOBILIARIA COMPAÑÍA ANÓNIMA, inscrita en el Registro Mercantil Segundo bajo el No. 120, Tomo 6º, de fecha 15 de diciembre de 1996, contra JESUS RAMON .....