REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, 03 de agosto de 2010
200º y 151º
SOLICITUD Nº 2200-08
SOLICITANTE: ROSALBA DEL CARMEN VERA BARBOZA, venezolana mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-13.199.580
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
DECISION: DECAIMIENTO O ABANDONO
Se inició la solicitud cuando la ciudadana, ROSALBA DEL CARMEN VERA BARBOZA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-13.199.580 presenta el escrito del TITULO SUPLETORIO en fecha 10 de abril del 2008. Se le dio entrada el 16 de abril del 2008 y curso de Ley. De la revisión de la presente solicitud, este Tribunal observa: Que la ultima actuación ocurrió en fecha 10 de abril del 2008, y que desde entonces no hubo impulso por parte del solicitante, es decir, no cumplió con la carga de traer al Tribunal .....