Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL contraído por los ciudadanos JOSE FERNANDO BRAVO y FELIDA BETTSY HIGUERA ARRAEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.435.571 y V-2.751.170, respectivamente, el día"28 de enero de 1980", por ante la Prefectura Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, según Acta de Matrimonio signada con el Nº 036, Tomo "A", año 1980.