Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL contraído por los ciudadanos MARIA LEONOR VELASCO DE QUINTERO y MIGUEL ANGEL QUINTERO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-1.586.528 y V-1.586.187, respectivamente, el día"25 de septiembre de 1966", por ante el Registro Civil de Matrimonio de la Republica de Colombia Departamento de Norte de Santander Municipio Cucuta e inserto en el año 1967, al folio 168 de la Oficina Principal de Registro Civil del Estado Táchira, según Acta de Matrimonio signada con el Nº 24, año 1969, folio N° 32 y Vto.
En cuanto a los bienes pertenecientes a la comunidad conyugal, el Tribunal ordena proceder a la partición y liquidación conforme al procedimiento.....