Por las consideraciones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO fue instaurado por el ciudadano ANTONIO LEONE, titular de la cédula de identidad N° E-81.427.125, actuando en nombre y representación de la Sociedad Mercantil "SAIMA SUR C.A.", inscrita por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Penal, Transito, Trabajo, Menores y de Salvaguarda del Patrimonio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Territorio Amazonas, en fecha 21 de mayo de 1990, bajo el N° 76, Tomo III, contra el ciudadano PEDRO MIGUEL ORELLANA, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad N° 3.835.335. Notifíquese a la parte actora.