Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por divorcio fue intentada por el ciudadano LUIS ARTURO ALFONZO CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.725.902, de este domicilio, contra su cónyuge DALIA ELSY ESAA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.052.869, de este domicilio, fundamentando su acción en la causal segunda (2°) del artículo 185 el Código Civil, en consecuencia, disuelto el Matrimonio Civil celebrado en fecha "23 de mayo de 1.997", por ante la Prefectura del Municipio Foráneo Magdaleno del Estado Aragua, asentada bajo el Nº 017. Notifíquese a las partes.