Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, constituido en sede Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE en el juicio que por DAÑO MORAL tiene intentado el ciudadano RICHARD EDUARDO GARCIA PADILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula N° V-17.760.340, contra la Sociedad Mercantil MOTOMAR 2000 C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, bajo el Nº 28, Tomo 10-A, en fecha 09 de marzo de 1999, domiciliada en la ciudad de Maracay, representada por su Presidente MANUEL MALDONADO JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.034.789 y la Sociedad de Comercio CHRYSLER DE VENEZUELA L.LC., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial de.....