En mérito de lo precedentemente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en sede Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN del ciudadano SATURNINO OSTA, que se encuentra inserta en los Libros de Registro Civil de Defunciones, llevados por ante la antigua Prefectura Joaquín Crespo del Estado Aragua, bajo el N° 2.622, tomo 8°, de fecha diez de noviembre de dos mil tres, solicitada por el ciudadano CIPRIANO JOSE OSTA PADRON, por el error en que se incurrió al asentar su nombre como CHEO, cuando debió ser CIPRIANO JOSE, ordenándose subsanar tal error, en los términos siguientes: Donde dice: "...Deja dos hijos de nombres JESUS; CHEO...", Debe decir: "...Deja 2 hijos de nombres JESUS y CIPRIANO JOSE...", de conformidad con lo dispuesto en el artículo 772 del Código.....