En mérito de lo precedentemente expuesto, el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en sede Civil, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCION, que corre inserta en el Libro de llevado por el Registro Civil de Personas del Municipio Girardot del Estado Aragua, bajo el Nº 7, Tomo I, de fecha 03 de enero de 2005. En consecuencia, se ordena rectificar el error material de que adolece el acta en los términos siguientes: "donde dice: "....ADRIANA, YURAMALY, OSCAR, IRAIDA, GLADIS, MARLENE y PEDRO..." Debe decir: "...ADRIANA DEL VALLE, YURAMALY DEL CARMEN, OSCAR RAFAEL, IRAIDA, MIREYA, MARLENY AIDA y PEDRO RAFAEL....". Asimismo, oficiar al Registrador Civil de Personas del Municipio Girardot del Estado Aragua, y al Registro Principal del Estado Aragua, a los fines de qu.....