Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL, contraído por los ciudadanos AYMARA DEL CARMEN TERAN DE ANGARITA y JUAN SEBASTIAN ANGARITA VELASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. 13.665.624 y 12.335.840, respectivamente, identificados en autos el día 13 de marzo de 2003 por ante la Primera Autoridad Civil del Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, bajo el Nº 153.