Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL contraído por los ciudadanos GLADYS JOSEFINA GIL y EDGAR RAFAEL MARQUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. 5.486.318 y 4.599.302, respectivamente, el día "23 de diciembre de 1977", por ante el Juzgado del Municipio Mac-Gregor, Distrito Aragua, del Estado Anzoátegui, según Acta de Matrimonio signada con el Nº 7, Folios parte del 31 al 32, Año 1977.