DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la presente demanda de COBRO DE BOLÍVARES, intentada por el ciudadano CHAN KAM HUNG, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-13.625.576 y de este domicilio, contra INVERSIONES SAN ROME, C.A., Sociedad Mercantil de este domicilio, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, el día 26 de mayo de 1.999, bajo el N° 37, tomo 953-A
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la falta de cualidad de las partes alegada por el ciudadano ALBERTO TAYLHARDAT, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.971, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano JOSÉ OVELIO ROMERO GONZÁLEZ, Presidente de la Sociedad Mercantil INVERSIONES SAN ROME, .....