DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de La Circunscripción Judicial del estado Aragua, en nombre de la República y por autoridad de la Ley ORDENA, a la ciudadana MOUNIRA HADDAD, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.267.109 y de este domicilio, cumplir con los requisitos antes señalados dentro del plazo de cuarenta y ocho (48) siguientes a su notificación de la presente decisión.
Igualmente se les advierte que de no cumplir con lo anteriormente indicado, la presente acción de amparo será declarada inadmisible de conformidad con el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia del presente fallo.
Dada, sellada y firmada en la sala del Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua. En Marac.....