INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, con Sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer de la solicitud que encabeza las actas procesales de este asunto y que fue presentada por la Defensoría Municipal del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Sucre del Estado Aragua.
SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud presentada, y en tal sentido se HOMOLOGA el acuerdo conciliatorio celebrado en fecha veintisiete de enero del dos mil veintitrés (27-01-2023), entre los ciudadanos MARIA DANIELA ORTEGA BARRIOS y OMAR JOSE CASTILLO, ambos venezolanos, mayores de edad, titulares de su cedula de identidad Nos. V-17.253.361 y V-14.740.977, respectivamente, actuando a favor de la menor de edad: xxxxxxxxxxxxxxxx de ocho (08) años de edad, con domicilio en el Municipio Sucre del Estado Aragua, y para que adquiera el carácter de .....