Por todo lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA la medida de secuestro solicita por el Actor, ciudadano MIGUEL ARCANGEL MONCADA, por ser contraria a derecho y no cumplir con el medio demostrativo del periculum in mora. Y Así se decide. En la ciudad de Cagua, a los tres días del mes de octubre de dos mil siete. Años 197° de la Independencia y 148° de la Federación.-