Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, con fundamento a lo establecido en el Parágrafo Segundo del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: LA INCOMPETENCIA POR LA MATERIA, para conocer del Juicio de ACCIÓN MERODECLARATIVA DE CONCUBINATO, presentado en fecha "31 de Marzo del 2.016", por la ciudadana: por el ciudadano: LUIS RAFAEL BRAVO BARRETO, venezolano, mayor de edad, soltero, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° V-19.097.247, debidamente asistido por el Profesional del Derecho: RAMON RAFAL MONTILLA PADRON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.490.555, en contra de la ciudadana: NORICARLA LLOVERA SOSA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.068.076; en consecuencia, SE ORDENA: DECLINAR LA COMPETENCIA, al CIRCUITO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y.....