Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRAVENTA autenticado en fecha 09 de Noviembre de 2006, por ante la Notaría Pública de Cagua, anotado bajo el Nº 50, Tomo 305 de los Libros de autenticaciones llevados por esa Notaría, interpuesta por los ciudadanos YNIRIDA VICTORIA SILVA DE HERRERA y JOSÉ ALEXANDER HERRERA, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidades Nos. V-8.627.226 y V-8.634.500, respectivamente, con domicilio procesal en Residencias Blandin, Edificio San Vicente, Piso 1, Apartamento 2-A, Cagua, Municipio Sucre del Estado Aragua, contra la ciudadana CARMEN DEL VALLE LANZ ARREDONDO, venezolana, mayor de edad, soltera, titulara de la cédula de identidad Nº V-1.....