Declara: PRIMERO: CONFESA a la parte Demandada Sociedad Mercantil SOLA DE VENEZUELA INDUSTRIA OPTICA, C.A., inscrita, inicialmente, ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda el 08 de Abril de 1998, bajo el Nº 43, Tomo 8-A Sgdo, e inscrita la modificación de su denominación en fecha 16 de julio de 1990, bjo el Nº 48, Tomo 23-A Sgdo., ubicada en la Zona Industrial Las Minas, calle Vioca, Villa de Cura, Municipio Zamora; en el DESPIDO INJUSTIFICADO de la parte Actora, ciudadano MANUEL EDUARDO SARRAMERA SILVA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.685.349, domiciliado en Villa de Cura, Municipio Zamora del Estado Aragua. SEGUNDO: CON LUGAR la Solicitud de CALIFICACIÓN DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS, incoada por el ciudadano MANUEL EDUARDO SARRAMERA SILVA; contra la Sociedad Mercantil: SOLA DE VENEZUELA INDUSTRIA OPTICA, C.A., antes suficientemente identificados, en consecuencia, se ordena el pago .....