Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con Sede en Cagua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: DECRETA LA INTERDICCION CIVIL de la ciudadana YRMA MARGARITA NIEVES COLMENARES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.368.051, por aplicación expresa del artículo 396 del Código Civil en concordancia con el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil SEGUNDO: Se designa de derecho y por tiempo indefinido al ciudadano ORLANDO WONG, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.758.087, como TUTOR de la ciudadana YRMA MARGARITA NIEVES, antes identificada, todo conforme lo establecido en los artículos 398 y 402 del Código Civil, cesando en consecuencia las funciones de la tutora interina inicialmente designada en el decreto de interdicción provi.....