declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, presentada personalmente por los ciudadanos: ciudadanos: YURI ANTONIO REVERON SANZ y MAIRELYS YASMIN GARCIA ROMERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cèdulas de Identidad Nº 11.981.772 y 7.249.390, respectivamente. En consecuencia, se declara Disuelto el vinculo conyugal que contrajeron por ante el Registro Civil del Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, en fecha 18 de Julio de 1.997, anotado bajo el Nº 214 de los libros de Registro Civil Respectivos.