Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A, presentada personalmente por los Ciudadanos: YNDIRA TAWUAY CORNIELES RIVAS y JOSE MANUEL CARDENAS SAYAGO, Venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, Títulares de las Cédulas de Identidad Números V-11.979.368 y V-7.951.922, respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el vìnculo Conyugal que contrajeron en fecha VEINTIUNO (21) de NOVIEMBRE del año Dos Mil Uno (2001), segùn se evidencia de la CERTIFICACIÓN expedida por ante el Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Antonio José de Sucre del Estado Aragua, dicha Partida de Matrimonio fue inserta bajo el Acta Nº 404, en los Libros de Registro Civil de MATRIMONIOS, llevados durante el año Dos Mil Uno (2001); La cual f.....