Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley , declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, presentada personalmente por los ciudadanos ELVI LESTER KANZLER GONZALEZ y CHAZIRA ALEXANDRA GUERRIERI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 14.829.115 y V-16.406.931 respectivamente. En consecuencia, se declara Disuelto el vínculo conyugal que contrajeron ante el Registro Civil de la Victoria, Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, en fecha 15 de Octubre de 2003, bajo el Nº 198.
Este Tribunal deja constancia de que no procrearon hijo alguno
El Tribunal deja constancia de que no adquirieron Bienes Conyugales.