Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por Divorcio Ordinario, fundada en el ordinal 2° del artículo 185 del Código Civil, interpuesta por la ciudadana: MARIA CLARA GODOY VILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.158.756, contra el ciudadano: JOSE AMABLE BARAZARTE, venezolano, mayor de edad, Titular de la cedula de identidad N° V- 4.304.549, natural de San José de Tostos, Municipio Bocono del Estado Trujillo , SEGUNDO: Por haber resultado totalmente vencida, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte actora.-
Déjese copia certificada de la presente decisión en el Copiador de Sentencia llevado por este Tribunal.