Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Divorcio Ordinario, fundada en el ordinal 2° del artículo 185 del Código Civil, interpuesta por el ciudadano HUMBERTO ANTONIO GARCIA BETANCOURT, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.156.923, asistido por la abogada RUBICELA DEL VALLE DURAN RONDON, Inpreabogado N° 151.859, contra su cónyuge, ciudadana MAXIMIANA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.708.474, en consecuencia DISUELTO el Vínculo Conyugal contraído en fecha 31 de julio de 1980, por ante la Alcaldía del Municipio Sucre, del Estado Portuguesa, quedando asentado en el libro respectivo de Registro Civil de Matrimonios llevados por ese Despacho durante el año 1980, bajo el.....