declara: PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir la presente solicitud de amparo constitucional y en razón de ello se admite la misma. SEGUNDO: CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por presentado por el ciudadano HASSAN ZAMZAM, titular de la cedula de identidad Nº V-24.282.084, venezolano, mayor de edad, debidamente asistido en este acto por la profesional del derecho Abogada JULIA H. HERRERA OMAÑA, abogada en ejercicio inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 79.193, contra la SUCESION ROCCO TRASOLINI COLOGIACOMO, representada por el ciudadano DOMENICO ALBERTO TRASOLINI D ´AVERSA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No, V-8.742.650 . TERCERO: SE ORDENA A LA SUCESION ROCCO TRASOLINI COLAGIACOMO, representada por el ciudadano DOMENICO ALBERTO TRASOLINI D ´AVERSA, restituya el inmueble ubicado en: Avenida 5 de Julio, Edificio San Giusseppe, Piso 3, Apartamento Número 05 de la ciudad de Cagua, estado Aragua, en calidad de arrendatario como lo v.....