Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara: SIN LUGAR la presente DEMANDA de Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales, incoada por el ciudadano JOSE LUIS PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.998.622, con domicilio procesal en la Avenida Antonio José de Sucre, Edificio Campanario, Piso 3, Nº 9, Cagua, Estado Aragua, incoada contra la Sociedad Mercantil CAUCHOS ZZ, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 08 de Mayo de 1973, bajo el Nº 10, Tomo 71-A, ubicada en la Carretera Nacional Cagua, Villa de Cura, Zona Industrial Las Vegas, en esta ciudad de Cagua, Estado Aragua. Por no haberse demostrado la relación laboral entre la pa.....