En razón de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: HOMOLOGADA LA TRANSACCION, en los mismos términos expresados entre las partes en fecha 06 de mayo de 2022, suscrita por la ciudadana ZULEIMA MARISOL JARDIM GONCALVES, titular de la cedula de identidad N° 11.986.734, asistida por la abogada JHOANA SILVA OVALLES, Inpreabogado N° 86.876, en su condición de parte demandante, y los ciudadanos MICHELANGELO D’ ANDREA CARUSO y MARIA CARUSO D´ANDREA, titulares de