Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en ejercicio del Despacho Saneador, la Jueza Ordena: a la ciudadana: GLORIA MARGARITA PEREZ MULATO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.246.289, debidamente asistida por la abogada en ejercicio GLEDIS DE JESÙS GARCÌA, inscrita en el I.P.S.A., N° 113.493; corrija la omisión, cumpliendo el requisito formal exigido en el ordinal 2° del Artículo 340 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente; acompañando de la identificación de los Demandados junto con sus domicilio procesal, para que una vez consignado los mismo, este Tribunal se pronuncie sobre su Admisión.