Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: LA PERENCIÓN DE INSTANCIA, de conformidad con lo dispuesto en el Ordinal 1° del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, en concordancia con el artículo 269 eiusdem. No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza de la decisión. Notifíquese a la parte actora de la presente decisión.