Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, se declara INCOMPETENTE en razón de la cuantía, para conocer de la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, presentada ciudadanos JOHANNA CAROLINA PEREZ DE ROBERTIS, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-16.887.807, número de teléfono de contacto 0414-489.64.94 y correo electrónico de contacto joha.perez27@gmail.com y DANIEL ALBERTO ROBERTIS MEDINA, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-14.915.962, con número telefónico de contacto 0414-347.18.56 y correo electrónico de contacto danielrobertismedina@gmail.com asistidos por el profesional del derecho MARCO ANTONIO PADILLA PULIDO, abogado inscrito en el I.P.S.A. bajo el N°292.085, ANTONIO JOSE AZUAJE ROMERO, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de ide.....