Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley , declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, presentada personalmente por los ciudadanos SHEILA SANDE ARELLANO MORA y ALEXANDER DE JESUS MARQUEZ OROPEZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V- 15.545.020 y V-9.667.201, respectivamente. En consecuencia, se declara Disuelto el vínculo conyugal que contrajeron ante el Registro Civil del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, en fecha 17 de Abril de 1997, bajo el Nº 66