Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley , declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, presentada personalmente por los ciudadanos: ANA YESENIA CASTILLO DE PEROZA y FRANKLIN JOSE PEROZA MIRANDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cèdulas de Identidad Nº 7.030.860 Y 13.971.917 respectivamente. En consecuencia, se declara Disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante el Registrador Civil del Municipio Valencia del Estado Carabobo, en fecha 16 de Diciembre de 2.000, anotado bajo el Nº 441, Tomo II de los libros Respectivos.