Por todos los razonamientos antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario y Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por autoridad de la Ley, declara PRIEMRO: CON LUGAR la RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, presentada por ANTONIO PORCAR OROZCO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V 4.367.864, SEGUNDO: No hay condenatoria a costas por la naturaleza de la decisión.-