DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho anteriormente explanadas, y en mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, de Protección y Bancario de La Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de fijación de obligación de manutención, incoada por la ciudadana MARIA ALEJANDRA LUCERO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V 12.808.847, en beneficio de sus hijos /////////// y ******** de 14 y 10 años respectivamente, contra el ciudadano LEOBARDO ALCIDES RODRIGUEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V 13.776.206
En consecuencia, se fija judicialmente como obligación de manutención, un porcentaje que debe ir ajustándose a los distintos aumentos del salario mínimo que en el futuro decrete el Ejecutivo Nacio.....