Como consecuencia de los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario y Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, hace los pronunciamientos siguientes:.......
PRIMERO: SE REPONE LA CAUSA, al estado de librar cartel de notificación para notificar a Brandon Edwin Velásquez Morales de conformidad con el articulo 224 del Código de Procedimiento Civil, y boleta de notificación para el beneficiario (SE OMITIÓ IDENTIDAD POR IMPERIO DE LEY), para que las partes se presenten al día siguiente de que conste en autos la ultima notificación a contestar sobre la extinción.; SEGUNDO: Se dejan sin efecto todas las actuaciones realizadas que corren desde el folio (180 ) , revocando el auto de fecha 31 de Mayo de 2016.-