Por virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia emanada de las ciudadanas y ciudadanos, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DE LA INSTANCIA Y DE LA PRETENSIÓN EFECTUADO POR LA PARTE ACTORA.
En virtud de lo anterior, se da por terminado el presente procedimiento.
Publíquese, regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Maracay, a los Dos (02) días del mes de Agosto del año Dos Mil Seis (02-08-2006). Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.-
EL JUEZ PROVISORIO,
ABOG. ANIBAL HERNANDEZ.-
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. MAILITH VELAZQUEZ.-
En la misma fecha se cumplió lo ordenado y se le publicó y registró la anterior decisión siendo las 11:31 a.m.-
LA SECRETARIA TEMPORAL,
Exp. Nº4365
AH/M.V/r.r