Asimismo, en el caso de autos la parte actora solicito en la presente causa mediante su escrito de promoción de pruebas que se decrete medida de prohibición de enajenar y gravar sobre un inmueble ubicado en la calle la Candelaria N° 3 sector la Candelaria I, Municipio Mario Briceño Iragorry, Estado Aragua, cuya parcela representa una superficie de Quinientos Ochenta y Cuatro metros con sesenta y dos decímetros cuadrados (584,62 Mts2), con los siguientes linderos: NORTE: con Rafael A. Villasmil, en cincuenta metros con cero centímetros (50,00 MTS); SUR: Con Algenis Pirellis, en cuarenta y siete metros con 90 centímetros (47,90 MTS) OESTE: Con Yolanda Urbina, en doce metros con veinte centímetros (12,20 MTS) y ESTE: Con calle Candelaria N°3, en once metros con ochenta y cinco centímetros (11,85 MTS), según consta en documento que fue Registrado ante la oficina Inmobiliaria del Registro Público de los Municipios Girardot, Mario Briceño Iragorry y Costa de Oro, bajo el N° 16, Folio 110 .....