Para decidir este tribunal observa :
Que con respecto a la cuestión previa opuesta por la parte accionada quien la fundamenta de acuerdo a lo establecido en el articulo 346 ordinal 8° del Código de Procedimiento Civil, por la existencia de una cuestión prejudicial que se resuelve en un proceso distinto de ámbito y jurisdicción Penal cursante por ante el Tribunal Décimo con Función de Control de esta Circunscripción Judicial del Estado Aragua, según consta en el Expediente signado bajo el N° 386005, y expediente N° 0003, que cursa en la Fiscalia Novena del Ministerio, delegación Turmero Estado Aragua, debido a que esta causa relativa a un accidente de Transito resultaron personas muertas y lesionadas, por lo que inevitablemente deben conocer las Instancias Penales correspondientes como ha sucedido en el presente caso. Por lo que este Tribunal, luego de la revisión del Expediente a que se contrae, ésta causa constata que realmente resultaron personas muertas y heridas en este acciden.....