Por virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado de Primera Instancia de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia emanada de las ciudadanas y ciudadanos, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DE LA INSTANCIA EFECTUADO POR LA PARTE ACTORA.
En virtud de lo anterior, se da por terminado el presente procedimiento.
Publíquese, regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Maracay, a los (28) días del mes de marzo del año Dos Mil Siete (28-03-07). Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.-
EL JUEZ PROVISORIO
ABG. ANIBAL HERNANDEZ
LA SECRETARIA
Abg. ROSA VIRGINIA ANZOLA
En la misma fecha se cumplió lo ordenado y se le publicó y registró la anterior decisión siendo las (11:00) a.m.-
LA SECRETARIA
Exp. Nº 4337