DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en el nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE SOLICITUD Y EN CONSECUENCIA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL contraído por los ciudadanos: ARNOLDO FILOMENO RODRIGUEZ Y LUISA MAYTE CARVALLO GONZALEZ, plenamente identificados en autos, 05 de mayo de 2.000 por ante el Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 351 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, la Patria Potestad del hijo de los solicitantes de nombre: CUYO NOMBRE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ART 65 DE A LOPNA, será ejercida por ambos padres, mientras que la Guarda será ejercida por la madre. En cuanto al Régimen de Visitas, el padre compartirá con su hijo los fines de semana desde el día sábado a las 8.00 a.m. hasta el dí.....