Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia y en nombre de la ley, declara CON LUGAR la demanda que por DESALOJO intento la ciudadana NORA AURISTELA RONDON, asistida por el Abogado ALFREDO RAFAEL CIPRIANO SEIJAS PULIDO, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 101.239, en contra de la ciudadana BLANCA CECILIA ARCILA DE GIANNINI, este en su carácter de ARRENDATARIA y la primera de los nombradas en su carácter
de ARRENDADORA, de un inmueble de su propiedad, ubicado en la Urbanización El Paseo, Calle 101, casa 291, Municipio Mario Briceño Iragorry, Estado Aragua, el cual tiene los siguientes linderos: Norte: Con la avenida 101; Sur: Con la parcela o casa 284; Este: Con la parcela o casa 290, y, Oeste: Con parcela o casa 292.-
Al hilo del presente fallo, queda resuelto.....